Guía práctica para pymes y autónomos en España: diferencias entre VERI*FACTU y ‘no verificable’, qué exige Hacienda (QR y leyenda), plazos, sanciones y plan de adaptación en 10 pasos.
autor

Alonso Bermejo Pérez

Ultima actualización en

VERI*FACTU en 2025–2026: qué es, a quién afecta y cómo adaptarte sin sanciones


TL;DR: VERI˜*FACTU es el sistema de facturación que remite en línea a la AEAT todos tus registros de facturación. Desde 1 de julio de 2025 debes tener tu software adaptado; además, las facturas deben llevar QR y la leyenda “VERI*FACTU” solo si remites todos los registros. Las sanciones por software no conforme pueden llegar a 150.000 € por ejercicio. Te mostramos por qué te conviene operar en modo VERI*FACTU y cómo adaptarte en 10 pasos.

Índice

Qué es VERI*FACTU (versión clara y sin tecnicismos)

VERI*FACTU es una de las dos modalidades admitidas por el reglamento de sistemas informáticos de facturación (SIF):

  • VERI*FACTU: el sistema envía automáticamente y en tiempo real a la AEAT todos los registros de facturación de las facturas expedidas.
  • Sistema “no verificable”: no envía los registros; en su lugar, el software debe garantizar por sí mismo una batería más compleja de medidas técnicas (registro de eventos, firmas, encadenado, exportaciones, comprobaciones, alarmas, etc.).

La AEAT ofrecerá además un aplicativo web de último recurso (también VERI*FACTU) para quienes no dispongan de SIF propio.

En Drenpos operamos con un enfoque de cumplimiento por diseño y priorizamos la emisión verificable (VERI*FACTU) por su simplicidad operativa y por reducir riesgos de custodia y trazabilidad frente a la alternativa “no verificable”.

¿A quién afecta y desde cuándo?

  • El Real Decreto 1007/2023 aprueba el reglamento SIF. Los obligados tributarios (pymes, autónomos, profesionales) deben tener operativos sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2025.
  • La Orden Ministerial que desarrolla especificaciones técnicas (publicada en 2024) y la modificación por RD 254/2025 ajustan aspectos técnicos y plazos para fabricantes y comercializadores. La AEAT lo compila en su página oficial de VERI*FACTU.

Nota: Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) es otra obligación distinta. Aquí nos centramos en SIF/VERI*FACTU (requisitos del software de facturación). El BOE diferencia ambas materias.

VERI*FACTU vs “no verificable”: pros y contras

Idea clave: VERI*FACTU simplifica tu cumplimiento porque la remisión a AEAT sustituye varias exigencias técnicas más costosas del “no verificable”.

Modalidad¿Qué hace el sistema?Pros clarosContras / Riesgos
VERI*FACTURemite los registros de facturación a la AEAT de forma continua, segura, automática e instantánea.Menos requisitos técnicos (no exige firma de registros), menos carga de custodia, menos requerimientos posteriores, más tranquilidad y menor coste total de cumplimiento.Dependes de conexión y de reenviar si hay incidencias (se contempla envío diferido sin parar la facturación).
No verificableNo remite registros; conserva todo localmente cumpliendo integridad, inalterabilidad, trazabilidad, etc.Evita envío en tiempo real (para casos muy específicos).Más requisitos técnicos (registro de eventos, firmas, encadenamiento, exportaciones, verificaciones), más responsabilidad de custodia y más exposición a requerimientos y a errores humanos.

En Drenpos apostamos por VERI*FACTU por coherencia con la guía de la AEAT y para reducir fricción operativa y riesgos de auditoría. (Nuestros entornos están configurados solo en modo VERI*FACTU para garantizar uniformidad de cumplimiento.)

Requisitos clave: QR y leyenda «VERI*FACTU»

El reglamento añade a las facturas:

  • Código QR que representa parcialmente el contenido.
  • Leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU” solo cuando se remiten todos los registros de facturación (es decir, cuando operas en modalidad VERI*FACTU).

Factura simplificada: también está sometida al reglamento; si usas VERI*FACTU deben comunicarse a la AEAT.

Detalle de factura con QR y leyenda VERI*FACTU

Sanciones y riesgos de incumplir

  • Fabricar, comercializar o tener sistemas que no cumplan con las especificaciones (o que permitan doble uso/manipulación) se tipifica como infracción grave (art. 201 bis LGT).
    • Multa para fabricación/comercialización: 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema.
    • Multa por tenencia/uso de sistemas no certificados cuando deban estarlo: 50.000 € por ejercicio.
  • Además, incumplir obligaciones de facturación (expedición/conservación) conlleva sanciones proporcionales (art. 201 LGT).

Riesgo práctico: operar en “no verificable” sin cumplir todas las medidas técnicas y de custodia te expone a requerimientos y multas. Con VERI*FACTU, parte de esa carga se traslada a la remisión oficial (menos papeleo y menos riesgo de error).

Cómo adaptarte con seguridad (checklist en 10 pasos)

  1. Confirma alcance: ¿Emites facturas completas o simplificadas? Ambas están dentro del reglamento.
  2. Elige modalidad: opta por VERI*FACTU (la opción se considera realizada al iniciar la remisión; se mantiene, al menos, hasta fin de año natural).
  3. Software conforme: usa un SIF con declaración responsable (la AEAT publica modelos de ejemplo; existe modelo para uso SOLO VERI*FACTU).
  4. Configura QR y leyenda: activa el QR y la leyenda “VERI*FACTU” cuando remitas todos los registros.
  5. Política de incidencias: prepara el reenvío diferido si cae internet/servicio (no paras la facturación; envías cuando se restablece).
  6. Trazabilidad interna: aunque remitas, mantén controles básicos (usuarios, terminales, centros).
  7. Formación rápida al equipo: cómo leer el QR, reconocer la leyenda y verificar envíos.
  8. Procedimiento con asesoría: alinea libros registro y cierres con tu asesor (SIF ≠ libros IVA/IRPF, que siguen siendo obligatorios).
  9. Prueba piloto: emite y remite un lote de facturas reales, revisa respuestas AEAT y reporting.
  10. Auditoría trimestral: revisa envíos, QR, literal y documentación.

Panel Drenpos “Resumen de envíos VERI*FACTU” Panel Drenpos “Resumen de envíos VERI*FACTU”

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de modalidad durante el año?
Si pasas a VERI*FACTU, debes mantenerte al menos hasta final de ese año natural.

¿Qué pasa si se cae internet o la sede de la AEAT?
No paras de facturar: reintentas el envío cuando se restablezca el servicio (marcando la incidencia en el envío).

¿Las facturas simplificadas también cuentan?
Sí. En VERI*FACTU, las comunicas a la AEAT igualmente.

¿Quién tiene que estar adaptado y cuándo?
Los obligados tributarios deben tener sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2025; fabricantes y comercializadores, según el plazo desde la Orden Ministerial.

Conclusión y siguiente paso

Si quieres minimizar riesgos de sanción, evitar requerimientos y simplificar la operativa, VERIFACTU es la vía más directa: menos fricción técnica que el “no verificable”, menos carga de custodia y una relación más fluida con la AEAT. En Drenpos te acompañamos con un **entorno configurado solo en modalidad VERIFACTU**, QR y leyenda correctos, y panel de control de remisiones.


Enlaces internos recomendados